• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: JAVIER BURGOS NEIRA
  • Nº Recurso: 23/2022
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MALTRATO HABITUAL Y AGRESIÓN SEXUAL: actividad de control y vigilancia durante toda la relación. Una vez finalizada, la pareja mantuvo relaciones sexuales con acceso por vía vaginal sin que conste que no fueron consentidas. CUESTIÓN PREVIA: petición de nulidad de un informe aportado sin que hubiera sido solicitado por el instructor. El informe fue aportado y se acordó su unión a la causa, lo que fue notificado a las partes. Desde ese momento forma parte de la causa y pudo ser objeto de aclaración, ampliación, impugnación o contraprueba. Todo ello sin perjuicio de su valor probatorio. PRINCIPIO ACUSATORIO: vinculación entre acusación y calificación para poder articular una defensa eficaz, La afectación o modificación del relato o de la calificación son posibles cuando no entrañen un cambio sustancial que genere indefensión. INDEFENSIÓN: no se introducen hechos nuevos, suficientes o desconocidos. NULIDAD DE LA DECLARACIÓN: el acusado prestó declaración en instrucción en último lugar, con pleno conocimiento de lo que se había manifestado con anterioridad y asisistido de letrado, que había estado presente en las anteriores diligencias.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: JOSE FRANCISCO CERES MONTES
  • Nº Recurso: 310/2023
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alcance del control en alzada de la valoración probatoria efectuada por el tribunal de instancia en el caso de sentencias absolutorias. La sentencia recurrida expresa la valoración probatoria que ha realizado y conducido a la absolución del acusado al concurrir una duda más que razonable sobre la forma de ocurrir los hechos. No corresponde a la sala de apelación analizar la corrección o no de la valoración de la prueba concretamente realizada en la sentencia recurrida, ni cuál de las dos versiones (la de la acusación o de la defensa) se atiene más adecuadamente a las pruebas practicadas, ni, desde luego, valorar dichas pruebas, sino que, únicamente, debe limitarse a contrastar la concurrencia o no del motivo esgrimido, que ha de ser uno de los previstos en el artículo 790.2, en relación con el 792.2 LECRIM.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Donostia-San Sebastián
  • Ponente: JULIAN GARCIA MARCOS
  • Nº Recurso: 3053/2022
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal valora de forma exhaustiva la prueba practicada en el acto del juicio, prestando especial atención a la declaración prestada por la víctima, haciendo referencia a la doctrina consolidada de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación a la valoración de dicha prueba cuando es la única prueba de cargo en la que se sustenta la pretensión de condena formulada por las partes acusadoras. Por otra parte, considera que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual en la regulación prevista en la Ley Orgánica 10/2022 por ser la más favorable para el reo y descarta la apreciación de la continuidad delictiva que postulaba el Ministerio Fiscal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: LUCIA NICOLE CRISTEA UIVARU
  • Nº Recurso: 21/2022
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABUSO SEXUAL Y REVELACIÓN DE SECRETOS: acceso por vía vaginal y tocamientos a una menor de dieciséis años, en un contexto de intimidación creado por la convivencia, la diferencia de edad y se. Envío de fotografías a un tercero desde la dirección de las redes sociales de la menor fingiendo ser ella. PRUEBA DE CARGO: a la credibilidad de la declaración de la víctima se suman elementos testificales y periciales que la respaldan. La versión exculpatoria del acusado carece de respaldo probatorio alguno: nada justifica el borrado de los mensajes ni se puede aceptar la simple negativa sobre la posibilidad de conocer las claves de acceso de la menor a las redes, cuando era de común conocimiento a todos los convivientes donde las tenía agotadas y guardadas. NORMA APLICABLE: en el caso del delito contra la libertad sexual la regulación establecida en la LO 10/2022 es más favorable al reo. DELITO CONTINUADO: se admite en los delitos de contenido sexual cuando haya identidad de sujetos y ocasiones diversas pero entre las que haya que se pueda establecer una relación de continuidad. RESPONSABILIDAD CIVIL: el daño moral como expresión del significado espiritual que tiene l delito en relación con la víctima. Su cuantía se determina sobre conceptos o bases razonados, no de manera alzada y sin parámetros de contraste.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 988/2022
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La agravante de prevalimiento de superioridad es apreciable en supuestos en los que el sujeto activo cuenta con una posición preeminente sobre la víctima, que viene derivada de desempeñar una función de guarda familiar y contar con un carácter agresivo, pese a tratarse de un pariente (tío de la víctima) que se sitúa en un grado diferente a los contemplados en el artículo 183.4.d) del Código Penal, en su redacción dada por la LO 5/2010. Más allá del prevalimiento de parentesco, la circunstancia agravante se proclama aplicable en cualquier otro supuesto en que el delito se haya perpetrado aprovechando una posición de superioridad con respecto al sujeto pasivo del delito, siempre que no resulte exclusivamente derivada de su diferencia de edad, lo que, como el recurrente subraya, resultaría inherente a la propia configuración del tipo penal y fundamentaría apreciar una transgresión de la prohibición del bis in idem. La agravante de prevalimiento de una situación de superioridad resulta apreciable en todos los supuestos en los que se acredite un notorio desnivel entre las posibilidades de decidir libremente que tiene el agresor y las de su víctima, siempre que esta desigualdad no derive exclusivamente de la diferente edad que necesariamente debe haber entre el sujeto pasivo de este tipo penal (trece años en la LO 5/2010) y un autor. Para supuestos de sucesión normativa el cotejo debe hacerse comparando en bloque todos los esquemas normativos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 10029/2023
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia objeto del recurso de casación es la dictada en apelación por el tribunal superior, por ello, no pueden ser objeto de denuncia cuestiones ajenas a lo debatido en el recurso de apelación", y se debe "realizar un control de legalidad referido a la interpretación y aplicación de la ley por los tribunales encargados de la apelación". Quedan relegadas al ámbito de la pesquisa policial y de la información orientadora de las investigaciones las conversaciones ambiguas, incompletas, y de dudoso significado, puesto que, siendo útiles para la labor policial mediante la pertinente interpretación profesional de un ambiguo lenguaje, no pueden erigirse en prueba de cargo si tienen que reconstruirse en su significación verdadera por las suposiciones más o menos imaginativas de quienes las escuchan, completando con ellas lo que los hablantes no han dicho. No por el hecho de utilizar un lenguaje críptico se enmascara un delito contra la salud pública, sino que ese lenguaje, interpretado racionalmente, permite deducir otro contenido de la conversación. Las consecuencias penológicas de la drogadicción pueden ser encuadradas, dentro de la esfera de la imputabilidad, bien excluyendo total o parcialmente la responsabilidad penal, o bien actuando como mera atenuante, como propia atenuante de drogadicción o como atenuante analógica. Exigiéndose: Requisito biopatológico (intoxicación grave que tenga cierta antigüedad) y psicológico (afectación de las facultades mentales)
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 10514/2023
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando el recurso de casación tiene por objeto la sentencia dictada en grado de apelación, en caso de invocación del derecho fundamental a la presunción de inocencia, el control casacional se limita a comprobar la corrección de la racionalidad de la valoración de la prueba de la sentencia impugnada. La regularidad de la cadena de custodia constituye un presupuesto para la valoración de la pieza o elemento de convicción intervenido ya que la existencia de una regular conservación del elemento de prueba asegura que no ha sufrido alteración alguna. La ruptura de esa cadena repercute sobre la fiabilidad y autenticidad de las pruebas. La Audiencia describe de forma secuenciada el íter seguido por la muestra desde que es obtenida con consentimiento del recurrente y presencia letrada, pasando por su conservación en bolsa y remisión al Instituto Nacional de Toxicología hasta su entrega y el análisis en dicho servicio de las muestras provenientes del Instituto Vasco de Medicina Legal con referencia de la identidad de pertenencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 7757/2021
  • Fecha: 20/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de abuso sexual de una persona mayor de dieciséis años y menor de dieciocho con acceso carnal. Derogación del delito de acceso carnal con adolescente, alcanzado por abuso de confianza o empleo de engaño (anterior art. 182 CP). Se admite el recurso y se absuelve al condenado en las instancias anteriores.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA JOSE GARCIA-GALAN SAN MIGUEL
  • Nº Recurso: 1523/2022
  • Fecha: 19/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABUSO SEXUAL: penetración por vía vaginal a mujer con discapacidad psíquica. PRUEBA DE CARGO: la declaración de la víctima se mantuvo en el tiempo y fue coherente, lógica y resultó corroborada por el resto de la prueba practicada. NORMA APLICABLE: se aplica la LO 5/2010, vigente en el momento en el que se cometieron los hechos, por ser más favorable. CONTENIDO DEL DELITO: penetración por vía vaginal, realizada sin un consentimiento válido al realizar dicha penetración de forma sorpresiva tras haber engañado a la perjudicada. Se aplica el subtipo agravado al ser la víctima especialmente vulnerable dada su discapacidad, que le hace ser especialmente vulnerable. PENAL: no se impone el mínimo legal por el acto de humillación tras la agresión. RESPONSABILIDSAD CIVIL: la petición realizada en concepto de daño moral no fue impugnada ni en su realidad ni en su cuantía.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 7124/2021
  • Fecha: 18/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de abuso sexual a menores de dieciséis años. Art. 849.2 LECrim: requisitos. No permite una revisión plena de la valoración probatoria. Los hechos encajarían en la actualidad en los arts. 181.1 y 4.e) CP, lo que supone una pena privativa de libertad comprendida entre cuatro y seis años -similar al arco punitivo que manejó la Audiencia con la ley anterior-, pero a la que habría que añadir las nuevas penas conjuntas privativas de derechos contempladas en el art. 192 CP , lo que evidencia el carácter más gravoso de la legislación hoy vigente y hace inviable una revisión in meius.

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